martes, 17 de mayo de 2011

COMPETENCIAS


TEMA 3: ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL CENTRO ESCOLAR


ÓRGANOS DE GOBIERNO

UNIPERSONALES:
·         Director
·         Jefe de estudios
·         Secretario

COLEGIADOS:
  El Consejo Escolar del centro está formado por los siguientes miembros: CONSEJO ESCOLAR
·         Director ( presidente del consejo escolar)
·         Jefe de Estudios
·         Secretaria  
  • Representantes de los profesores, elegidos entre todos los miembros del Claustro de Profesores (dependiendo del número de aulas).  
  • Representantes de los padres, elegidos entre las madres y los padres de los alumnos (dependiendo del número de aulas).

  •  Un representante del Ayuntamiento.  

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

·         Claustro
·         Comisión de coordinación pedagógica (CCP)
·         Equipos de etapa o de ciclo
·         Tutores

ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN

  • AMPA( asociación de madres y padres de alumnos)

Competencias de la Dirección

1.      Ostentar la representación del centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.

2.      Dirigir y coordinar todas las actividades del centro hacia la consecución del proyecto educativo del mismo de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro y al Consejo Escolar del centro.
3.      Dirigir y promover un desarrollo eficaz de las funciones encomendadas al equipo directivo.
4.      Garantizar el cumplimiento de las Leyes y demás disposiciones vigentes.
5.      Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro y adoptar las resoluciones disciplinarias que correspondan de acuerdo con las normas aplicables.
 
   6.      Colaborar con los órganos de la Consejería competente en materia de educación.
   7.      Proponer a la Administración Educativa el nombramiento y cese del resto de miembros del equipo directivo, previa información al Claustro y al Consejo Escolar, así como designar y cesar a los titulares de los órganos de coordinación docente y tutorial.
   8.      Favorecer la aplicación de medidas que contribuyan a mejorar la convivencia en el centro.
   9.      Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones de los órganos de participación en el control y gestión del centro y de otros órganos, cuando así se establezca reglamentariamente, y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.
10.  Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos, todo ello de acuerdo con lo que establezca las disposiciones vigentes y la Consejería competente en materia de educación.
11.  Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.
12.  Impulsar procesos de evaluación interna del centro, colaborar en las evaluaciones externas y promover planes de mejora de la calidad del centro, así como proyectos de innovación e investigación educativa.

 

Competencias de la Jefatura de Estudios

1.      Participar coordinadamente junto con el resto del equipo directivo.
2.      Coordinar, de conformidad con las instrucciones de la Dirección, las actividades de carácter académico, de orientación y tutoría, extraescolares y complementarias del profesorado y del alumnado en relación con el proyecto educativo, las programaciones didácticas y la programación general anual y velar por su ejecución.
3.      Coordinar las actuaciones de los órganos de coordinación didáctica y de los órganos competentes en materia de orientación académica y profesional y acción tutorial que se establezcan en los reglamentos orgánicos de los centros.

4.      Coordinar, con la colaboración del representante del centro correspondiente del profesorado y recursos que haya sido elegido por el Claustro, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y coordinar las actividades de formación y los proyectos que se realicen en el centro.
5.      Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la Dirección.
6.      Elaborar, en colaboración con el resto de miembros del equipo directivo, los horarios académicos del alumnado y del profesorado, de acuerdo con los criterios pedagógicos y organizativos incluidos en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
7.      Coordinar la utilización de espacios, medios y materiales didácticos de uso común para el desarrollo de las actividades de carácter académico, de acuerdo con lo establecido en el proyecto educativo y en la programación general anual.
8.      Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el titular de la Dirección dentro de su ámbito de competencias o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.

 

Competencias de la Secretaría del Centro

1.      Participar coordinadamente junto con el resto del equipo directivo en el desarrollo de las funciones señaladas para el Equipo Directivo.
2.      Ordenar el régimen administrativo y económico del centro.
3.      Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la Dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al centro, y aplicar, en su caso, las medidas disciplinarias que correspondan.
   4.      Actuar como secretario o secretaria de los órganos de participación en el control y gestión del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos adoptados con el visto bueno del titular de la Dirección.
   5.      Custodiar las actas, libros y archivos del centro docente y expedir, con el visto bueno del titular de la Dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados e interesadas.
   6.      Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado y velar por el mantenimiento y conservación de las instalaciones y equipamiento escolar de acuerdo con las indicaciones del titular de la Dirección.
7.      Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el titular de la Dirección dentro de su ámbito de competencias o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.

Competencias del Consejo Escolar.

El Consejo Escolar del centro tiene las siguientes atribuciones:
   1.      Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores,  en relación con la planificación y organización docente.
   2.      Elaborar informes a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo.
   3.      Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
   4.      Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.
   5.      Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
6.      Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación.
7.      Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.
8.      Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
9.      Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.
10.  Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
11.  Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

 

Competencias del claustro de profesores.

El Claustro de profesores tendrá las siguientes atribuciones:
1.      Formular al equipo directivo propuestas para la elaboración de la programación general anual, así como evaluar su aplicación.
2.      Formular propuestas al Consejo Escolar para la elaboración del proyecto educativo e informar, antes de su aprobación, de los aspectos relativos a la organización y planificación docente.
3.      Informar el proyecto de reglamento de régimen interior del centro.
4.      Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
5.      Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y en la Comisión de selección de Director 

   6.      Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
   7.      Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa, así como cualquier otro informe referente a la marcha del mismo.
   8.      Ser informado por el Director de la aplicación del régimen disciplinario del centro.
   9.      Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
10.  Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

Competencias de la Comisión de Coordinación Pedagógica

1.      Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa.
2.      Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de etapa y sus posibles modificaciones, asegurándose la coherencia con el proyecto educativo.
3.      Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial.
4.      Elaborar la propuesta de criterios para realizar las adaptaciones curriculares de los alumnos.
5.      Proponer al Claustro los proyectos curriculares de etapa para su aprobación.

   6.      Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.
   7.      Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación, de acuerdo con la jefatura de estudios.
   8.      Proponer al Claustro el plan para evaluar el proyecto curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evaluación del aprendizaje y el proceso de enseñanza.
9.      Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyecto del Centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la administración educativa, e impulsar planes de mejora.

 

Competencias de los equipos de Etapa o Ciclo


Señalamos algunas de las funciones comunes que asumen cada una de las Etapas:
   1.      Elaborar la programación.
   2.      Elaborar las A.C.I. de todos los alumnos.
   3.      Realizar la evaluación de los alumnos.
   4.      Realizar la memoria final de curso en los apartados de su competencia.
   5.      Participar en la acción tutorial.
   6.      Registrar la coordinadora, los contenidos y acuerdos de las reuniones.
   7.      Evaluar la práctica docente.

Competencia de la acción tutorial

1.      Contribuir a la personalización de la educación, favoreciendo el desarrollo de todos los aspectos de la persona.
   2.      Ajustar la respuesta educativa a las necesidades de cada alumno.

   3.      Contribuir a la adecuada relación e interacción entre los distintos integrantes de la comunidad educativa.
   4.      Favorecer la adquisición de aprendizajes más funcionales.



Competencias de la A.M.P.A
1.      Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del  Proyecto Educativo del Centro y de la Programación General Anual.
2.      Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del Centro que considere oportuno.
3.      Informar a los padres de su actividad. 

   4.      Formular propuestas para la realización de actividades complementarias.
   5.      Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el Consejo Escolar.
   6.      Fomentar la colaboración entre los padres y los maestros del Centro para el buen funcionamiento del mismo.
Disponer de las instalaciones del Centro en los términos que establezca el Consejo Escolar. 


DOCUMENTOS INSTITUCIONALES



EL PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO (PEC)
El funcionamiento de un centro tiene como marco general el Proyecto Educativo de Centro (PEC), que es el "ideario" del centro y que responde a las preguntas de:
¿Dónde estamos? (Análisis del contexto)
¿Quiénes somos? (Principios de identidad)
¿Qué queremos? (Objetivos generales a conseguir)
¿Cómo nos vamos a organizar para conseguirlo?
¿Quién lo elabora y lo aprueba?
·         Este marco constitutivo de los principios, que configura el ideario de la Organización, debe ser elaborado por la Comunidad Educativa y aprobado por el Consejo Escolar.
·          Los objetivos marcados en el PEC, son definidos y marcados por el profesorado y el equipo directivo, más que por el resto de agentes participantes en el Consejo Escolar (aunque siempre hay excepciones loables).
·          La comunidad educativa se reduce en su efectividad real a un sector de ella: el sector profesional.

Definición y conceptualización del PEC
·         El Proyecto Educativo de Centro (PEC) define las finalidades de la Comunidad Educativa en cuanto al tipo de persona que queremos formar (valores, principios de identidad, pautas de conducta, etc.).
·         En él se recogen los planteamientos educativos de carácter general: los principios de identidad, los objetivos institucionales y el organigrama general.
·         El PEC  ha de ser un documento que ayuda a establecer prioridades, que se han de operativizar en el plan anual y en las programaciones de la actividad docente, de modo que lleguen a los alumnos y puedan evaluarse.
·          Es el documento que da unidad de criterios a la actuación de la organización escolar.

Finalidades
Las finalidades del PEC son cuatro fundamentalmente:
·         Adaptar los programas del MEC a las necesidades y características socio-culturales y educativas del entorno y del centro.
·           Posibilitar y facilitar la participación en las instituciones escolares de los diferentes agentes externos e internos de la Comunidad Educativa, permitiendo una mayor trascendencia de lo que se realiza en el centro hacia el exterior y viceversa.
·           Fomentar las relaciones y el aprovechamiento de los recursos del medio para su conocimiento, a través de las actividades extraescolares (culturales en el centro, salidas, etc.).
·          Relacionar con la realidad sociocultural los principios e ideario del centro en una mutua relación interactiva en continua reelaboración y replanteamiento que conlleve una auténtica investigación socio-educativa.

Elementos.
- Los elementos o componentes del PEC son los siguientes:
1) Variables contextuales: el PEC debe de tener reflejado un análisis de la realidad sociocultural del barrio, del pueblo o aldea y sus implicaciones en las demandas específicas educativas del tipo de alumno, padres, familias y entorno en general. Sin detectar esas necesidades reales basadas en los problemas, necesidades, motivaciones y expectativas vitales respecto a la educación, el profesorado será difícil que pueda sintonizar en su trabajo diario con el entorno y los alumnos. El PEC es un elemento previo que  acota y que permite diferenciar, en una primera instancia, los centros y sus actuaciones.
2) Planteamiento ideológico o principios de identidad: el PEC debe posicionarse también respecto a una concepción antropológica y socio-política y en relación a las necesidades detectadas y a la realidad en la que está ubicada esta comunidad. Estas se deben explicitar a través de una serie de principios y prioridades que orienten la definición de los planes pedagógicos, de convivencia y de organización. Estos principios son los que orientan el modelo antropológico que queremos formar y deben tenerse en cuenta en cualquier planteamiento de elaboración de los planes institucionales, sobre todo, el PCC. Estos principios/notas de identidad, hacen referencia a la definición institucional, al estilo de formación, a las dimensiones educables, al estilo de enseñanza  y al modelo de gestión institucional.
3) Concepción pedagógica: el PEC en función de las necesidades y demandas detectadas y de las prioridades para su satisfacción deberá definir los principios de cómo se van a conseguir estas prioridades y satisfacer las necesidades detectadas. Estos principios deberán servir para seleccionar metodologías y recursos del PCC y, sobre todo, las necesidades para elaborar el Plan General Anual, que permita y potencie este tipo de metodologías y principios frente a otra serie de actividades y metodologías. Esta concepción pedagógica se refleja en los denominados objetivos, que han de ser "viables, claros y unívocos en su formulación y permitir la evaluación formativa procesual”.
4) Modelo organizativo-estructural: el PEC debe reflejar, la forma de organización que vamos a adoptar para conseguirlo (sobre todo las funciones y el funcionamiento de los órganos colegiados y los cargos unipersonales) y el sistema de normas que faciliten la convivencia y las relaciones que se van a generar. Estos principios deben regir el RRI, como base de la cultura de un centro y de su sistema relacional y de convivencia, además de su organización, a través de las estructuras, que potencie y posibilite el desarrollo de diferentes actividades que consigan los principios y prioridades que satisfagan las necesidades y demandas detectadas.
Un criterio clave de validación del PEC será la coherencia, concreción y viabilidad para poder llevar a cabo sus planteamientos, a través de los otros documentos y de la dinámica que se cree para la organización de un centro y su desarrollo.

Fases y procesos para su elaboración.
Para la elaboración del PEC, por parte del Consejo Escolar de un Centro proponemos el siguiente proceso:
1) Analizar el contexto socio-educativo y los grupos y tipologías de alumnos de ese centro, según sus problemas, necesidades, características, expectativas y motivaciones.
2) La configuración de una comisión que elabore un documento sobre prioridades, que luego pueda ser discutido y aprobado (su configuración debe ser mixta, compuesto por padres, profesores, alumnos, representantes de instituciones, etc.);
3) Configuración de comisiones mixtas que se responsabilicen de definir la aplicación de estas prioridades a los principios pedagógicos y curriculares, de funcionamiento y de organización, estructuración y relaciones de los miembros y de la institución y que elaboren los documentos que deben ser  discutidos y aprobados por todos.
4) Estas comisiones deberán dar las pautas y orientaciones necesarias para que los órganos correspondientes puedan elaborar los otros planes institucionales, configurándose como un todo coherente y estructurado de forma articulada tal que permita que estas comisiones puedan reelaborar su parte del PEC y readaptarlo en función de los datos que puedan llegar desde los niveles de elaboración de estos planes (alumnos, profesores, PAS, equipo directivo), generando estas comisiones la dinámica de participación continua y de responsabilidad de los miembros de la Comunidad Educativa. La doble configuración de comisiones propuesta, permite que todo el mundo del Consejo Escolar pueda y deba participar con responsabilidades concretas, según sus intereses, conocimientos, expectativas. En segundo lugar, que se configure este sistema de participación dentro de dos coordenadas: la participación general del Consejo Escolar en todas las decisiones y la comunicación de éste con otros órganos de decisiones como son los claustros, las asambleas de alumnos y los responsables de diferentes funciones dentro del centro (equipo directivo, jefes de departamentos, orientación, gerencia administrativa y PAS, etc.), potenciando una cultura participativa y de compromiso.

EL PROYECTO CURRICULAR DE CENTRO (PCC)

El Proyecto Curricular es el proyecto que define la oferta formativa y académica del centro,  es flexible y polivalente, en continua reelaboración, que posibilite la innovación de los currículum y defina el estilo docente y metodológico del centro.
Incluye:
       -  Propuestas organizativas, de orientación, escolar, formación del profesorado y evaluación de su propio diseño
Adopta:
        - Las prescripciones administrativas que nos indica el currículum
 Define:
           -  La identidad del Centro
 Se dirige:
         -  A la igualdad de posibilidades de los alumnos, contribuyendo  a su futuro personal y social.

¿Quién lo elabora y lo aprueba?
Lo elabora el claustro de profesores  distribuido por equipos de ciclo y lo aprueba  el Consejo Escolar.

¿Qué es?
El PCC es la oferta formativa y académica de un centro en el que se desarrollan los elementos típicos de un Diseño Curricular (objetivos , contenidos, metodologías, materiales,  recursos y criterios de evaluación y de promoción),  en el que deben estar integrados de forma coordinada y articulada los diferentes niveles de concreción de los Proyectos Curriculares (de etapa, área, ciclo y del aula así como  las Adaptaciones Curriculares, de todos aquellos alumnos, pertenecientes al programa de compensatoria y de integración .

Finalidades.
Entre las finalidades se deben destacar:
1) La coordinación y la  distribución coherente de la oferta formativa de los currículum, según los diferentes niveles, áreas, ciclos y etapas.
2) Planificar de forma coordinada la relación entre las actividades del currículum y el medio ambiente y el entorno en el que está ubicado el centro.
3) Relacionar y buscar la coherencia de la oferta formativa con los RRI, PGA y el PEC.
4) Servir de marco para la elaboración de las programaciones didácticas por etapas, ciclos y niveles.

Elementos
Los elementos que configuran el PCC son los siguientes:
1) Análisis de las variables socio-contextuales
2) Análisis de las variables psicológicas de los alumnos
3) Prioridades, objetivos y metas para la secuenciación de los contenidos y criterios de evaluación
4) Secuenciación de contenidos y criterios de evaluación.
5) Selección de metodologías, recursos y materiales.
6) Plan de Atención a la Diversidad: Adaptaciones Curriculares.
7) Plan de evaluación del P.C.C.
8) Plan de Formación del Profesorado
9) Plan de Orientación EOEP)

Proceso a seguir:
1) El equipo directivo debe  coordinar y dinamizar el análisis de los principales aspectos que facilitan o dificultan la acción didáctica, organizativa y educativa en el centro.
2) El equipo directivo, en colaboración con el resto de los profesores del claustro deben analizar la realidad socio-cultural de sus alumnos y las  necesidades de formación (actitudes, hábitos de trabajo intelectual…)
3) El equipo directivo y el claustro de profesores deben definir y consensuar las prioridades de intervención y criterios de secuenciación de los objetivos,  contenidos  y los  criterios de evaluación .Así como los criterios de promoción.
4) Aplicar y evaluar el PCC para elaborar nuevas propuestas de intervención pedagógica, siempre que sea necesaria  para adaptarla a la realidad del centro.
Los Proyectos Curriculares ofrecen una oferta educativa de calidad, que responda a las demandas reales de la Comunidad Educativa para la que trabaja y una oportunidad para los reorganizar y reestructurar los centros con mayor autonomía y libertad,  respondiendo a los problemas reales que se les plantean. Con el PCC se pueden encontrar soluciones concretas que ayuden a redefinir los roles y funciones de los miembros que intervienen en la Comunidad Escolar.

Con el fin de conseguir y facilitar  la participación y el compromiso del profesorado se deberá fomentar:
a) El trabajo en equipo.
b) La formación del profesorado a través de la  elaboración de un Plan de Formación del Centro en función de las necesidades del mismo.
c) Los modelos de intervención propuestos en el PCC deben ser discutidas, negociadas, consensuadas y pactadas entre todos, y en todos y cada uno de sus aspectos.
e) Todo este proceso de experimentación debe convertirse en una dinámica de trabajo permanente, de puesta en común e intercambio de experiencias y resultados.
f) La evaluación de estos proyectos deben constituir la base para la reelaboración de los otros Planes Institucionales (cada año de la Programación General; cada dos o tres años, del Reglamento de Régimen Interno; y a más largo plazo, de tres a cinco, del Proyecto Educativo de Centro), con el fin de reajustarlos a la dinámica de la innovación curricular y a las nuevas necesidades.

 Información recogida de:



ENTREVISTA SECRETARIA

1. ¿Cuál es la labor más importante que desempeñas en tu puesto de trabajo?
Atender las necesidades del colegio, a las familias, profesores y alumnos; y realizar las actividades administrativas propias de mi cargo.
2. ¿Cuáles son los problemas más habituales?
Dudas de los padres sobre escolarización, actividades extraescolares,...
3. ¿Cuáles son las funciones que llevas a acabo diariamente?
Atención telefónica, reponer el inventario (de materiales escolares), atención personal, actividades económicas y administrativas del centro.
4. ¿Cómo organizas tu día a día?
Primero, atiendo por teléfono. Reviso el inventario y las tareas pendientes de hacer. Al mediodía, me encargo de los vales de comedor. Y luego de la atención personal a familias, alumnos, profesores...
5. ¿Qué época del curso es en la que hay más trabajo? ¿Por qué?
En Junio y Septiembre. Porque a principios de curso hay mucho trabajo (horarios, cobro de recibos, actividades extraescolares, adquirir material nuevo, escolarización, familias que trasladan a los niños al centro y piden información). Y a finales de curso también (matrículas, becas, boletines de notas...)
6. ¿Qué tipo de información está informatizada?
horarios, datos personales, información administrativa y económica del centro, expedientes, notas de evaluaciones anteriores

ENTREVISTA JEFE DE ESTUDIOS
1. ¿Cuál es la función que le parece más importante de su cargo?
Conseguir dinamizar al claustro de profesores implicándolos tanto a nivel proporcional como personal en la consecución de formar personas.
2. ¿Compagina su cargo con impartir clases magistrales?
Sí, se compagina el cargo bien impartiendo clases o bien participando en la ejecución de los programas que se realizan en el centro (dependiendo del número de unidades que tenga el centro).
3. ¿Es flexible su horario?
El horario va más allá del impuesto por la administración. Se puede considerar cierta forma flexible a que según las necesidades del centro; algunas horas de dedicación a la jefatura de estudios se puedan dedicar a la actividad que sea prioritaria en un momento dado.
4. ¿Tienes las mismas vacaciones que un maestro?
No, el jefe de estudios debe junto con el resto del equipo directivo permanecer 10 ó 15 días más en el centro durante el mes de julio para acabar de organizar toda la documentación que se precisa.
5. ¿Cobras más que un profesor?
Sí, pero poco más.
6. ¿Cree que está bien remunerado el cargo de jefe de estudios?
No está bien remunerado para la responsabilidad que supone y el tiempo que tienes que dedicar que está fuera del horario escolar tanto lectivo como no lectivo. Pero ser jefe de estudios implica vocación por encima de todo lo demás.
7. ¿Qué aportaciones hace el jefe de estudios en un proyecto curricular del centro?
El jefe de estudios coordina la elaboración del proyecto curricular del centro cuidando que la concreción curricular que se hace esté de acuerdo a las necesidades de los alumnos y a la vez desarrollen los contenidos que exige la CAM.
8. ¿Puede el jefe de estudios tomar decisiones principales en ausencia del director?
Sí, porque el jefe de estudios realiza la función del director en su ausencia.
9. ¿Quién elige al jefe de estudios?
En un colegio público el directo, por eso es importante que haya un buen entendimiento por parte del equipo directivo y las mismas tendencias a nivel de aprendizaje.
10. ¿Tiene que cuidar el recreo el jefe de estudios?
No les corresponde por ley, pero los hace normalmente.
11- ¿Además de las funciones organizativas y docentes el jefe de estudios es responsable del servicio del comedor?
Sí, junto con el secretario y el director asumen la responsabilidad de que en el comedor exista orden y disciplina siendo el enlace de comunicación entre las familias y los monitores/as del comedor.

ENTREVISTA COORDINADOR

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